La nueva Ley de Morosidad nos permitirá ser un país financieramente competitivo

La nueva Ley de Morosidad nos permitirá ser un país financieramente competitivo

La nueva Ley 15/2010, de 5 de julio de lucha contra la morosidad, posibilitará que pasemos a ser un país competitivo en lo referente a los plazos de cobro, al situarlos a niveles similares de la mayoría de los países europeos.

Pere J. Brachfield
Profesor de Credit Management
EAE Business School

SUMARIOS:

“Gracias a esta reforma se ha materializado un cambio estructural del sistema económico-financiero que permite abrir la puerta a que España no esté en el furgón de cola de los plazos de pago”

“En Francia, el resultado ha sido espectacular; a finales de 2010 el nuevo plazo medio de pago en Francia ha bajado a sólo 35 días”

Julius Hermann von Kirchmann, un jurista alemán del Siglo XIX es el autor de un aforismo que ha perdurado hasta nuestros días: “Tres palabras rectificadoras del legislador convierten bibliotecas enteras de libros de derecho en papel de desecho”. En efecto en el año 2010, los legisladores han promulgado una nueva ley que supone cambios importantes en las relaciones mercantiles interempresariales y que tiene especial transcendencia en el ámbito de la recuperación de deudas.

La nueva legislación de lucha contra la morosidad que entró en vigor el día 7 de julio, gracias a la iniciativa legislativa del grupo parlamentario de Convergència i Unió, va a tener un importante papel para el sistema económico español. Gracias a esta reforma legislativa se ha materializado un posible cambio estructural del sistema económico-financiero español que permite abrir la puerta para que España no esté en el furgón de cola de los plazos de pago.

La Plataforma Multisectorial de Lucha contra la Morosidad (PMCM), de la que tengo el privilegio de ser asesor, ha participado intensivamente en el impulso de la ley antimorosidad y en la redacción de los artículos. La PMCM ha actuado como catalizador para que los distintos grupos políticos, lobbies y confederaciones empresariales se pusieran de acuerdo en un texto legislativo con sentido común y que da respuesta a la mayoría de las reivindicaciones de los empresarios y autónomos.

La modificación legislativa ha sido fruto de un largo proceso de concienciación de la clase política que ha llevado a cabo la PMCM Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad y que en representación de la sociedad civil ha realizado una labor de ‘gota malaya’ ante los poderes públicos y partidos políticos. Además hay que destacar el importante papel que ha tenido el grupo parlamentario de CIU en el Congreso para obtener el consenso político que hizo posible la aprobación definitiva de la Ley y sin contar con el visto bueno del Gobierno.

A  mi juicio, una de las reformas más trascendentes que ha supuesto la “Ley 15/2010, de 5 de julio” es que determina la reducción progresiva de los plazos de pago interempresariales o B2B y los de la Administración Pública para llegar en el 2013 a un período máximo de 60 y 30 días respectivamente.

Para los que consideran utópico que la Administraciones puedan pagar a 30 días en el 2013 sería conveniente echar un vistazo a nuestro entorno europeo. En Francia a partir del primero de julio de 2010 la Administración está obligada a pagar a 30 días. Al propio tiempo, en la Unión Europea se está modificando la Directiva Europea 2000/35/CE de medidas de lucha contra la morosidad y uno de los cambios prioritarios que se llevarán a cabo es que los plazos de pago de las administraciones públicas sean de 30 días.

Asimismo para los que consideran que la imposición de un plazo máximo de pago de 60 días en el ámbito de las operaciones B2B es una aberración que conculca la libertad contractual. En Francia el plazo de pago que han de cumplir las empresas desde la entrada en vigor de la LME “Loi de Modernisation de l’Economie” es de 45 días fin de mes o como máximo de 60 días fecha factura. El resultado ha sido espectacular; a finales de 2010 el nuevo plazo medio de pago en Francia ha bajado a sólo 35 días.

Con la reforma introducida en la “Ley 15/2010, de 5 de julio”, nuestros legisladores han colocado los cimientos para que  cientos de miles de empresas puedan ahorrar cantidades astronómicas en intereses financieros que deben destinar a sufragar sus deudores comerciales; la patronal catalana PIMEC cuantifica el ahorro en unos 10.000 millones de euros. La nueva legislación permitirá salvar a miles de empresas y autónomos del cierre y  evitar la pérdida de medio millón de puestos de trabajo.

Vale la pena decir que las valientes medidas de los legisladores incluyen tres aspectos fundamentales para que se pueda implementar la nueva ley antimorosidad. En primer lugar,  tal y como solicitaba la PMCM, han eliminado el “salvo pacto en contrario”, que permitía la existencia de abusos, puesto que los colosos imponían sus condiciones de pago leoninas a los pequeños.

En segundo lugar el período máximo de 60 días se computará desde el día de recepción de la mercancía; fecha cierta y no manipulable, lo que evitará técnicas de ingeniería financiera que alargan los plazos de pago. En tercer lugar las patronales tendrán legitimación activa y podrán asumir el ejercicio de acciones colectivas de cesación y de retractación frente a empresas incumplidoras con carácter habitual de los períodos de pago previstos en esta Ley.

Nadie duda que la nueva legislación de lucha contra la morosidad, va a tener un importante papel para el sistema económico español. La nueva Ley posibilitará que pasemos a ser un país competitivo en lo referente a los plazos de cobro, al situarlos a niveles similares de la mayoría de los países europeos.

El primer paso ya se ha dado: como botón de muestra tenemos el Artículo 4 de esta nueva Ley que establece la obligatoriedad que a partir de la entrada en vigor de la misma y hasta el 31 de diciembre de 2011, los plazos de pago de todas las facturas derivadas de operaciones mercantiles entre empresas privadas no excederán en ningún caso de 85 días, contados a partir de la fecha de la entrega de las mercancías o prestación de los servicios.

No obstante la nueva legislación no ha recogido todas las aspiraciones de los empresarios y de la PMCM.  En efecto hubo una enmienda aprobada en el Senado que no consiguió pasar la reválida del Congreso. Esta enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de CIU establecía que en el plazo máximo de 3 meses, los contratos en vigor se adaptarían a los plazos de pago establecidos en la disposición transitoria de la Ley; es decir que se reducirían a 85 días en la primera fase de adaptación. Esta importante disposición quería prever una ordenada adaptación de los plazos de pago de los contratos en vigor para garantizar el objetivo de la medida.

Asimismo otra enmienda transaccional no superó el trámite legislativo en el Senado. Esta propuesta era la de introducir un  régimen general de infracciones y sanciones en la futura Ley. Esta enmienda pretendía crear el marco legal para que las administraciones públicas pudieran comprobar de oficio o a instancia de parte, el cumplimiento de lo previsto en la ley contra la morosidad, a cuyo fin podrían desarrollar las actuaciones inspectoras precisas en las correspondientes empresas. Sin embargo no hay que perder la esperanza, ya que existen muchas posibilidades de introducir este régimen de control y sanciones en la futura Ley de Economía Sostenible.

Finalmente, la implementación de la Ley 15/2010 no va a resultar una tarea fácil puesto que cómo dijo el escritor galo Honoré de Balzac: “Las leyes son como las telas de araña, a través de las cuales pasan libremente las moscas grandes y quedan enredadas las pequeñas; en el caso de España diversos lobbies y poderosos agentes económicos van a poner toda clase de impedimentos para que la legislación no se cumpla. Tampoco el gobierno de Rodríguez Zapatero muestra ningún interés en hacer respetar la Ley. Afortunadamente la PMCM va a ser el paladín defensor de la aplicación de la Ley y no va a descansar hasta conseguirlo.

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